Atención Domiciliaria
Aprender
enfermería que prestan servicios a pacientes
que necesiten servicios especializados:
• Si un paciente necesita servicios
especializados, se requiere que el médico
de ese paciente de su visto bueno mediante
su firma y que emita una receta u orden
de tratamiento describiendo los servicios
que se necesitan. Se tiene que preparar un
plan de atención (POC, por sus siglas en
inglés) que detalle cómo brindar el cuidado.
No se requiere un POC para personas que
reciben servicios de los auxiliares de atención
médica domiciliaria sin que exista una
orden de tratamiento o para aquellos que
reciben solamente servicios de ama de casa/
acompañante. Un paciente tiene el derecho
de que se le incluya en la planificación de su
atención y de recibir, a su instancia, una copia
del plan (POC).
• Para aquellos pacientes que reciben servicios
especializados, un profesional de la salud
con licencia para realizar estos servicios
debe hacer una evaluación de la condición
del paciente.
• El Plan de Cuidados (POC) debe ser revisado
en determinados momentos por el médico del
paciente y la atención debe ser coordinada y
supervisada por el proveedor de atención
médica domiciliaria. Estos requisitos varían
según el proveedor que ofrece los servicios,
por lo tanto, pregúntele a su médico qué
puede usted esperar.
* Nota: No todas las agencias brindan todos
los servicios.
Se requiere que las agencias de atención
médica domiciliaria tengan la licencia y pasen
la inspección del Estado de la Florida. Se
requiere que los cuidadores se sometan a una
investigación de antecedentes ya sea a través de
la Agencia para la Administración del Cuidado
de la Salud (AHCA) o del Departamento de
Cumplimiento de la Ley del Estado de la Florida
(FDLE, por sus siglas en inglés).
REGISTROS DE PERSONAL DE
ENFERMERÍA
Los registros de personal de enfermería
coordinan los servicios de enfermería
(RN, LPN), asistentes de enfermeros
certificados (CNA), auxiliares de atención
médica domiciliaria (HHA), o amas de casa/
acompañantes que proporcionan servicios
a pacientes en sus hogares o lugares de
residencia.
Cada trabajador de la salud independiente
es contratado individualmente por la Agencia
o Registro. Las Agencias o Registros de
personal de enfermería prestan servicios
de cuidado de enfermería o de ama de
casa/acompañante, pero estos sitios no
tienen licencia para proporcionar servicios de
fisioterapia, terapia ocupacional, respiratoria,
del habla, intravenosa (IV), o equipos médicos.
Estos deben tener licencia del Estado de la
Florida y se requiere que los cuidadores se
sometan a una investigación de antecedentes
a través de la AHCA o del FDLE.
EQUIPOS MÉDICOS EN EL HOGAR
Los productos oscilan desde respiradores,
sillas de ruedas y andadores, hasta catéteres y
suministros para el cuidado de heridas. Estos
proveedores brindan y cuando es necesario
instalan estos productos, así como instruyen
a los pacientes sobre el uso adecuado de
los mismos en el hogar. Estos proveedores
generalmente no brindan atención física a los
pacientes, pero hay algunas excepciones.
Algunos ofrecen servicios de farmacia y de
infusión, mediante los cuales un enfermero
administra medicamentos y fórmulas
nutricionales a los pacientes y les educa en las
técnicas adecuadas para la autoadministración
de los mismos. Algunos proveedores también
ofrecen servicios de terapia respiratoria
para ayudar a las personas a usar equipos de
respiración. Los proveedores que facturan
al programa de Medicare deben cumplir
con los estándares mínimos federales. Cada
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